En la práctica
Es el Reglamento (UE) 2024/1689, en vigor desde el 1 de agosto de 2024 y aplicable por partes. Ordena la IA en cuatro niveles:
- Prohibidos, desde el 2 de febrero de 2025. Por ejemplo, inferir las emociones de alguien en el trabajo o en un centro educativo, salvo por motivos médicos o de seguridad.
- De alto riesgo, los que deciden sobre personas, como seleccionar personal o conceder un crédito. Sus obligaciones llegan el 2 de diciembre de 2027.
- Con obligación de transparencia, el artículo 50. Avisar de que se habla con una IA o de que algo es un deepfake, desde el 2 de agosto de 2026.
- El resto, sin más obligación que apoyar la alfabetización en IA del equipo.
El Ómnibus de julio de 2026
El Reglamento (UE) 2026/1744, en vigor desde el 27 de julio de 2026, retrasó el alto riesgo y rebajó la alfabetización de «garantizar» un nivel suficiente a «apoyar» su promoción. Y prohíbe desde el 2 de diciembre de 2026 la IA que genera desnudos de personas identificables sin su consentimiento o material de abuso sexual infantil. El artículo 50 no se aplazó.
Por qué te importa
Casi toda empresa mediana es responsable del despliegue, con deberes propios. Las multas llegan a 35 millones de euros o el 7 % de la facturación mundial, lo que sea mayor, pero solo por las prácticas prohibidas. Incumplir las obligaciones de proveedores y responsables del despliegue cuesta hasta 15 millones o el 3 %. A una pyme se le aplica la cifra menor.
En España, el proyecto de ley de IA deja la vigilancia sobre todo a la AESIA, la agencia de supervisión de la IA con sede en A Coruña, junto a la AEPD y otros supervisores según el ámbito. Ese proyecto, que fija quién multa y cuánto, sigue sin aprobar en el Congreso, con plazo de enmiendas hasta el 7 de octubre de 2026.
Los límites
El error más común es decir que en agosto de 2026 «entró todo». También se confunde la norma europea, que ya se aplica, con la española, que la desarrolla. Qué te toca depende de qué haces con la IA, y conviene confirmarlo con un asesor.
Fuentes
- Reglamento (UE) 2024/1689 (Reglamento de Inteligencia Artificial), DOUE de 12 de julio de 2024, artículos 3, 5, 99 y 113.
- Reglamento (UE) 2026/1744 (Ómnibus digital sobre IA), DOUE de 24 de julio de 2026.
- Real Decreto 729/2023, de 22 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial, BOE de 2 de septiembre de 2023.
- Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, «El Gobierno aprueba el proyecto de ley que garantizará una supervisión humana y un uso confiable de la IA», 26 de mayo de 2026.
- Congreso de los Diputados, Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial (121/000096), ficha de tramitación consultada el 2 de octubre de 2026.
GREY97, «Reglamento de IA», Glosario. grey97.com/biblioteca/glosario/reglamento-de-ia/